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El 31 de julio de 2026, el Servicio de Administración Tributaria (“SAT”) publicó la Versión Anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026, así como modificaciones a los Anexos 1 y 2.

Entre los cambios más relevantes destaca la ampliación del plazo para la entrada en vigor obligatoria de la Manifestación de Valor Electrónica (MVE) hasta el 1 de octubre de 2026. Asimismo, se establece que hasta el 31 de diciembre de 2026 los importadores no estarán obligados a transmitir determinados documentos soporte que normalmente acompañarían la manifestación electrónica y podrán presentar un resumen de los contratos o acuerdos relacionados con el valor en aduana, en lugar de transmitir los documentos completos.

Es importante mencionar que esta prórroga no debe interpretarse como una relajación de la fiscalización, ya que, si bien el plazo se amplía nuevamente, la valoración aduanera continúa siendo una de las áreas prioritarias de fiscalización por parte de las autoridades aduaneras mexicanas.

En los próximos días, la autoridad deberá publicar en el Diario Oficial de la Federación tanto la Segunda Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior como las modificaciones a los Anexos 1 y 2. Mientras tanto, el texto completo de dichas publicaciones se podrá encontrar en las siguientes ligas:

La nueva ampliación de plazo representa una oportunidad valiosa para que las empresas concluyan los trabajos de preparación que muchas organizaciones aún tienen pendientes.

En Baker McKenzie contamos con un equipo especializado en comercio exterior que puede apoyarlos en cualquier tema relacionado con el cumplimiento de esta obligación. Como siempre, quedamos a sus órdenes en caso de que tengan cualquier duda con respecto a este tema.

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Mexico City